¿Cómo hacer un cambio de titular de la luz?

Cuando alquilas una vivienda, compras un local o heredas una propiedad, uno de los primeros pasos es poner la luz a tu nombre. Este trámite se llama cambio de titular del contrato eléctrico, y es más sencillo de lo que parece. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber: qué es, cuándo hacerlo, qué documentos necesitas y cómo gestionarlo sin coste ni cortes.

¿Qué es el cambio de titular de la luz?

El cambio de titular consiste en actualizar el nombre del responsable del contrato de electricidad ante la comercializadora. Es obligatorio cuando:

  • Alquilas o compras una vivienda/local.
  • El titular fallece y hay que transferir el contrato.
  • Separación o divorcio (si uno de los cónyuges se queda en la vivienda).

⚠️ Importante: no es lo mismo que dar de alta la luz (eso es para suministros nuevos). El cambio de titular se hace cuando ya hay luz en la vivienda y solo cambia quién paga la factura.

¿Qué necesitas para hacer el cambio?

Solo tres documentos:

  1. DNI o NIE del nuevo titular
  2. Datos del contrato actual (los encuentras en cualquier factura)
  3. IBAN de la cuenta bancaria para domiciliar los recibos

(Si es un local o empresa, también necesitarás el CIF y datos fiscales.)

¿Tiene algún coste?

No. El cambio de titular es gratuito y no implica ningún corte en el suministro. La distribuidora sigue siendo la misma; solo cambia quién firma el contrato con la comercializadora.

¿Cuánto tarda?

El proceso suele completarse en 5 a 7 días hábiles. Durante ese tiempo, la luz sigue funcionando con normalidad. La próxima factura ya aparecerá a nombre del nuevo titular.

¿Por qué hacerlo? (y qué pasa si no lo haces)

  • Evitas pagar facturas de otros: si no cambias el titular, el anterior responsable sigue siendo legalmente responsable… ¡pero tú usas la luz!
  • Accedes a tarifas mejores: puedes aprovechar el cambio para revisar tu potencia o contratar una tarifa más barata.
  • Cumplimiento legal: en alquileres, es obligación del inquilino hacer el cambio (según la Ley de Arrendamientos Urbanos).

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